El próximo domingo 26 de octubre, los argentinos acudirán a las urnas para renovar la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado. Para poder emitir el voto, será obligatorio presentar un documento físico válido ante las autoridades de mesa, según lo establece la legislación electoral vigente.
La Dirección Nacional Electoral recordó que solo se aceptarán los documentos habilitados por la ley, en buen estado y que coincidan con los datos del padrón.
Documentos válidos para votar en las elecciones 2025
Los documentos que se pueden presentar en las elecciones legislativas nacionales de 2025 son los siguientes:
- Libreta de enrolamiento
- Libreta cívica
- DNI libreta verde
- DNI libreta celeste
- DNI tarjeta
Cada elector deberá presentar el documento que figura en el padrón electoral o una versión emitida con posterioridad. Los ejemplares con letras se consideran posteriores a los numerados, según la normativa de la Dirección Nacional Electoral.
Además, las autoridades de mesa verificarán tanto el estado físico del documento como la correspondencia exacta de los datos registrados.
¿Qué pasa si se perdió o robaron el DNI?
En caso de extravío o robo, solo se podrá votar si se obtiene y presenta el documento físico actualizado antes de la elección.
No están permitidos otros formatos: ni pasaporte, ni registro de conducir, ni constancia de trámite o denuncia policial.
Tampoco se puede votar con un ejemplar más antiguo que el que figura en el padrón. Si el ciudadano solo cuenta con una versión anterior, no será admitido en el cuarto oscuro.
¿Se puede votar con DNI digital?
No. En ningún caso está habilitado votar con el DNI digital de la app Mi Argentina ni con copias o fotos en el celular.
La Dirección Nacional Electoral fue clara: solo el documento físico original permite el ingreso al cuarto oscuro.
Documentos no válidos para votar:
- Pasaporte
- Registro de conducir
- Constancia de DNI en trámite
- Denuncia de extravío
- Fotocopias
¿Quiénes pueden votar en las elecciones legislativas 2025?
Podrán votar:
- Ciudadanos argentinos mayores de 16 años inscriptos en el padrón.
- Jóvenes de 16 y 17 años y mayores de 70, con voto voluntario.
- Ciudadanos entre 18 y 70 años, con voto obligatorio.
Los extranjeros residentes solo pueden participar en elecciones provinciales o municipales, si cumplen los requisitos legales.
Quedarán exentos quienes acrediten enfermedad, discapacidad, distancia mayor a 500 km del lugar de votación o funciones esenciales. Las justificaciones deben presentarse ante la Justicia Electoral hasta 60 días después de los comicios.