El Gobierno enviará al Congreso la versión definitiva de la reforma laboral, un proyecto que llega con 28 modificaciones respecto del borrador original tras negociaciones con sectores empresariales, sindicales y bloques dialoguistas.
La iniciativa será tratada este miércoles en el marco de las sesiones extraordinarias. En la Casa Rosada aseguran contar con los votos necesarios para avanzar hacia la media sanción en el Senado y girar el texto a Diputados, donde la discusión asoma más compleja.
Empresas, bancos y la CGT aparecen entre los sectores que lograron introducir cambios o atenuar puntos sensibles del proyecto original.
A continuación, el detalle de las modificaciones más importantes.
Cambios fiscales y sindicales
- Se eliminó la reducción del Impuesto a las Ganancias empresarial: cayó el artículo que bajaba la alícuota del 30% al 27% y que impactaba en las cajas provinciales.
- Se mantiene la bancarización obligatoria para el pago de salarios y se descartó el uso de billeteras virtuales.
- Derogación de estatutos especiales: entrará en vigencia 180 días después de la sanción.
- Aporte solidario a los gremios: se mantiene por dos años con tope del 2% (actualmente algunos alcanzan el 4%).
- No se reducen los aportes patronales a obras sociales: la alícuota seguirá en 6% y no bajará al 5% como preveía el texto original.
- Las empresas seguirán reteniendo las cuotas sindicales como agentes de retención.
- Topes a aportes obligatorios: 0,5% para cámaras empresariales y 2% para asociaciones de trabajadores.
- Desde 2028 los aportes serán voluntarios, tanto para asociaciones empresarias como para cuotas sindicales, que requerirán consentimiento individual expreso.
Nuevas reglas para indemnizaciones y créditos laborales
- Se redefine la “mejor remuneración” para calcular indemnizaciones: solo se considerará lo mensual, normal y habitual (quedan excluidos SAC, vacaciones y otros conceptos no mensuales).
- La indemnización será la única reparación por despido sin causa.
- Actualización de créditos laborales: se aplicará IPC + 3% anual.
- Pago en cuotas de sentencias:
- Hasta 6 cuotas mensuales para grandes empresas.
- Hasta 12 cuotas para MiPyMEs y empleadores individuales.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Se crea un nuevo sistema para cubrir costos de desvinculación:
- Aporte mensual obligatorio:
- 1% para grandes empresas
- 2,5% para MiPyMEs
- Podría elevarse a 1,5% y 3% respectivamente con aval de la Comisión Bicameral.
- El fondo será un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica.
Accidentes, antigüedad y licencias
- Si un trabajador reingresa al mismo empleador después de 3 años, no se computará la antigüedad anterior.
- Si sufre una enfermedad o accidente ajeno al trabajo:
- Cobraría el 50% del salario básico durante 3 o 6 meses si el hecho fue voluntario y riesgoso.
- Cobraría el 75% si no medió conducta voluntaria.
- Las recaídas de enfermedades crónicas solo se considerarán nuevas si pasan más de dos años.
- Se refuerza el control médico y la junta médica en licencias por enfermedad.
Servicios esenciales y seguridad
Se amplía el concepto de servicios esenciales, incluyendo:
- Educación (guardería, nivel inicial, primario, secundario y especial)
- Cuidado de menores
- Transporte de caudales
- Seguridad privada
Además, se establece que las fuerzas de seguridad deberán garantizar el 100% de la prestación normal.
Digitalización y registración laboral
- El registro ante ARCA será suficiente: no podrán exigirse requisitos adicionales.
- Libros laborales: conservación por 10 años y posibilidad de digitalización con validez legal.
Beneficios sociales y nuevas modalidades
- Se redefine qué se considera beneficio social no remunerativo (comedor, guardería, útiles, capacitación, reintegros médicos).
- Se habilita el banco de horas voluntario por acuerdo entre partes.
- Vacaciones: podrán tomarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de fraccionarlas (mínimo 7 días).
Incentivos y modernización
- Se crea el Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) para fomentar capacitación y empleabilidad.
- Se establece el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI) orientado a inversión productiva y tecnológica.
- Se reducen cargas sociales para nuevos empleos.
- Un convenio de empresa provincial podrá prevalecer sobre uno nacional.
- Se anticipa una futura reforma fiscal integral para coordinar reducción de cargas entre Nación y provincias.
- Desde 2028, el INCAA será financiado exclusivamente vía Presupuesto Nacional.
Un debate con fuerte impacto político y económico
El proyecto llega al recinto con modificaciones sustanciales respecto de la versión inicial. Mientras el oficialismo confía en obtener el respaldo necesario para la media sanción, la oposición anticipa un debate intenso, especialmente en Diputados.
La reforma redefine el esquema indemnizatorio, introduce nuevos fondos de cobertura laboral, amplía la noción de servicios esenciales y modifica el sistema de aportes sindicales, lo que anticipa una discusión profunda sobre el modelo de relaciones laborales en Argentina.




