La Cámara de Diputados aprobó la derogación del Estatuto del Periodista Profesional al votar el artículo 118 de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. La medida implica la eliminación de la Ley 12908, norma que regulaba desde hace décadas las condiciones laborales específicas de la actividad de prensa en el país.
El artículo fue uno de los más debatidos durante la sesión y concentró fuertes cruces en el recinto antes de su aprobación definitiva.
Una votación ajustada
La derogación reunió 126 votos afirmativos, 119 negativos y 4 abstenciones. El resultado marcó un nuevo triunfo legislativo para el oficialismo en el marco del tratamiento de la reforma laboral.
Acompañaron la medida diputados de La Libertad Avanza, el PRO y sectores de la UCR, entre otros bloques. En contra votaron Unión por la Patria, el Frente de Izquierda, la Coalición Cívica y distintas fuerzas provinciales.
Qué establecía el Estatuto del Periodista
La Ley 12.908 regulaba el trabajo de quienes se desempeñan en publicaciones diarias o periódicas y agencias de noticias. Alcanzaba a directores, redactores, cronistas, reporteros gráficos, correctores y otros trabajadores vinculados a medios de comunicación.
Entre sus principales disposiciones, la norma:
- Definía las funciones dentro de la actividad periodística.
- Regulaba vacaciones, descansos y compensaciones por tareas nocturnas.
- Establecía causales de despido y suspensión.
- Contemplaba la posibilidad de retiro voluntario con más de cinco años de antigüedad.
Jornada laboral y horas extras
Uno de los puntos centrales era la jornada reducida: fijaba un máximo de 36 horas semanales. Además, disponía que las horas extras debían compensarse con descanso equivalente o pagarse con un recargo del 100%.
La ley reconocía particularidades propias del ejercicio profesional en medios, dadas las dinámicas informativas y los horarios atípicos del sector.
Estabilidad e identificación profesional
El Estatuto definía la estabilidad del periodista como “base esencial” de la normativa. En caso de despido injustificado, preveía un preaviso de hasta dos meses y una indemnización especial equivalente a seis meses de sueldo.
También establecía la Matrícula Nacional de Periodistas y la emisión de un Carnet Profesional, documento que funcionaba como identificación y facilitaba el acceso a fuentes de información de interés público y dependencias estatales para el ejercicio de la profesión.
Con su derogación, el régimen específico del sector deja de estar vigente y los trabajadores de prensa pasarán a regirse por el marco general de la legislación laboral.




