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Leyendo: Ley Olimpia: ordenan a una mujer dejar de hostigar digitalmente a su ex pareja en Monteros
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Mira vos > Judiciales > Ley Olimpia: ordenan a una mujer dejar de hostigar digitalmente a su ex pareja en Monteros
Judiciales

Ley Olimpia: ordenan a una mujer dejar de hostigar digitalmente a su ex pareja en Monteros

La justicia amplía la protección digital a todas las víctimas, sin importar su género.

Actualizado el: 10/12/2025 9:51 am
Hace 13 horas
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En un fallo histórico en la ciudad de Monteros, la justicia ordenó a una mujer abstenerse de hostigar digitalmente a su ex pareja, marcando un precedente al aplicar la Ley Olimpia para proteger a un hombre. La resolución, dictada por la jueza Mariana Rey Galindo, del Centro Judicial Monteros, subraya que la protección frente a la violencia digital es universal y no depende del género de la víctima.

El caso comenzó tras una denuncia presentada por M., quien denunció que su ex pareja realizaba publicaciones difamatorias y agresivas en redes sociales, generándole un impacto emocional significativo y afectando su entorno familiar y laboral. La jueza destacó que el conflicto no se trataba de género, sino de hostigamiento digital con efectos reales sobre la dignidad e integridad personal.

Medidas ordenadas

La resolución incluye medidas concretas:

  • La mujer debe eliminar inmediatamente cualquier publicación, comentario, video o mensaje que involucre a M. en cualquier plataforma digital, como Facebook, Instagram, TikTok, WhatsApp o Telegram.
  • Queda prohibido difamar, humillar, desacreditar o estigmatizar al denunciante de cualquier manera.
  • Se advierte que, en caso de incumplimiento, se podrán derivar actuaciones para investigación penal y sanciones más graves.

Rey Galindo explicó que estas medidas buscan prevenir la reiteración de hechos lesivos, restablecer la dignidad personal del Sr. M. y proteger su identidad e integridad digital. Además, citó la experiencia comparada en México, donde la Ley Olimpia también protege a hombres víctimas de violencia digital.

En Argentina, la Ley N° 26.485, conocida como Ley Olimpia, se reformó para incluir la violencia digital y mediática, originalmente enfocada en la protección de mujeres. Este fallo establece un criterio de universalidad, reconociendo que la tutela de la dignidad digital —incluyendo privacidad, reputación e identidad— es un derecho fundamental de todas las personas, independientemente de su género.

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TEMAS:derechos humanosfallo históricohostigamientojusticiaLey OlimpiaMonterosprotección digitalRedes socialesTucumánviolencia digital
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