La comisión de Transporte del Concejo Deliberante dio dictamen a la regulación de las plataformas digitales(en autos y en motos) que se debatirá el jueves en el recinto. El proyecto determina que el municipio podrá poner cupos a la cantidad de motocicletas en circulación, según estudios de movilidad o de demanda, y establece una regla específica para las que provengan de otras jurisdicciones: “no podrán en ningún caso aceptar viajes (…) con origen en San Miguel de Tucumán ni operar como servicio de traslado”.
El documento crea el “régimen de transporte privado de pasajeros en motocicleta mediante plataformas digitales de intermediación”, considerándolo una actividad privada de interés público, y enumera disposiciones para su funcionamiento en San Miguel de Tucumán.
El articulado define que las empresas que operen aplicaciones deberán inscribirse en el Registro Municipal de plataformas digitales de manera indefectible. Además, un ítem consigna que el Departamento Ejecutivo podrá “fijar límites mediante acto fundado en estudios de movilidad, seguridad vial, impacto urbano o análisis de demanda” la cantidad de motos en circulación. Aunque no hay cifras oficiales, se calcula que podría haber entre 5.000 y 10.000 vehículos de dos ruedas trabajando en el servicio de transporte particular en la Provincia.
También hay un apartado que se refiere a las motos que provengan de otros municipios. Según el dictamen elaborado por la comisión que dirige José María Franco (PJ), “toda motocicleta habilitada en otras jurisdicciones solo podrá transitar y dejar pasajeros cuyo viaje se haya iniciado fuera del municipio”. Esto significa que un conductor de una ciudad aledaña solo podrá atravesar la Capital o llegar a ella como destino, y no podrá “en ningún caso aceptar viajes mediante plataformas digitales con origen en San Miguel de Tucumán ni operar como servicio de traslado desde el municipio hacia otras jurisdicciones”.
En el párrafo siguiente, se aclara que las transgresiones serán sancionadas con el secuestro de la motocicleta y la aplicación de las multas previstas en el Código de Faltas. A su vez, se asienta que las infracciones a cualquier disposición de la (potencial) ordenanza serán penadas con apercibimiento, multas, suspensión temporal del registro del conductor o de la motocicleta, suspensión de la plataforma respecto de un conductor o unidad, o hasta inhabilitación operativa dentro del ejido municipal.
Las contravenciones constatadas serán remitidas al Tribunal Municipal de Faltas y la administración capitalina podrá disponer medidas preventivas cuando existan riesgos para la seguridad vial o la integridad de los usuarios.
En tanto, el proyecto establece que las motocicletas deberán contar con cédula identificatoria vigente, seguro de responsabilidad civil con cobertura al pasajero transportado y Verificación Técnica Vehicular (VTV) válida. Además, deberán reunir condiciones mínimas de cilindrada, frenos y otras condiciones mecánicas que serán establecidas en la reglamentación.
Las plataformas digitales deberán remitir al municipio el listado de conductores habilitados para operar debiendo verificar la vigencia de sus licencias de conducir y sus antecedentes penales.
Entre otros ítems, el dictamen dispone que las tarifas conservarán su espíritu de fijación a partir de la demanda, y que el Ejecutivo municipal deberá reglamentar la norma dentro de los 60 días corridos a su promulgación.




