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Judiciales

Caso Vélez: qué fundamentos tuvo el juez para dictar el sobreseimiento en la causa por abuso

El juez Augusto José Paz Almonacid determinó que el hecho atribuido a los futbolistas “no constituye delito”

Actualizado el: 30/12/2025 2:44 pm
Hace 2 semanas
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La Justicia resolvió sobreseer a los cuatro exfutbolistas de Vélez Sarsfield que habían sido imputados por un presunto abuso sexual contra una joven tucumana ocurrido en marzo de 2024. La decisión se conoció tras una audiencia que concluyó en las últimas horas y marca un giro significativo en una causa compleja que se extendió durante casi dos años. La parte querellante ya anticipó que apelará la resolución.

La denuncia señalaba que Sebastián Sosa habría convocado a la joven al hotel donde se encontraba concentrado junto al plantel. Según el relato de la denunciante, luego de compartir bebidas alcohólicas que ella misma llevó, habría sido abusada por José Florentín Bobadilla, Braian Cufré y Abiel Osorio. A raíz de esa acusación, los cuatro fueron procesados y la causa avanzó en medio de una fuerte exposición pública.

El expediente tomó un rumbo controvertido tras las pericias realizadas a los teléfonos celulares de dos amigas de la víctima. De acuerdo a las defensas, en esos análisis surgieron elementos que permitieron sostener que la relación fue consentida. Sin embargo, los representantes de la querella cuestionaron duramente esos estudios al considerar que estuvieron plagados de irregularidades y vulneraron derechos fundamentales.

En ese marco, la acusación particular solicitó la nulidad de las pericias y la exclusión de todas las pruebas derivadas de ellas, argumentando falta de notificación previa, exceso en el análisis del contenido de los dispositivos, violación de la privacidad, afectación del secreto profesional y el uso de términos de búsqueda no autorizados judicialmente. Tanto el Ministerio Público Fiscal como las defensas rechazaron esos planteos y sostuvieron la legalidad del procedimiento.

Durante la audiencia, uno de los defensores solicitó el sobreseimiento al afirmar que no existió delito alguno, postura a la que adhirieron los demás abogados. Si bien el Ministerio Público avaló inicialmente esa posibilidad solo para uno de los imputados, el juez decidió analizar el pedido en su totalidad y diferir la resolución ante la extensión y complejidad de los argumentos expuestos.

Finalmente, el juez Augusto Paz Almonacid rechazó los planteos de nulidad al concluir que las pericias se realizaron conforme a derecho y que no se vulneró la intimidad de las testigos ni el secreto profesional. Tras un cuarto intermedio, dictó el sobreseimiento de los cuatro acusados al considerar que existían pruebas suficientes para concluir que se trató de una relación consentida y no de un abuso sexual, apoyándose en los informes telefónicos y psicológicos incorporados a la causa.

Además, el magistrado ordenó la devolución de las cauciones una vez que la resolución quede firme, rechazó un pedido para investigar la actuación de los querellantes y dispuso remitir copias del expediente a la Justicia Federal para que se evalúe una posible conducta del diputado nacional Carlos Cisneros. Conforme a las normas procesales, la resolución puede ser impugnada: la querella ya anunció que lo hará, mientras que aún no se definió la postura del Ministerio Público.

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TEMAS:Caso Vélezjusticiasobreseimiento
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