La causa judicial que investiga la muerte de Silvina Luna sumó en las últimas horas una medida clave. La Justicia ordenó ampliar la pericia médica realizada el 15 de septiembre pasado para que la junta médica oficial se expida sobre la existencia de posibles errores u omisiones en el seguimiento postoperatorio que recibió la modelo y actriz tras las intervenciones realizadas por el médico Aníbal Lotocki.
El eje de la investigación se trasladó ahora a los controles y tratamientos médicos posteriores a las cirugías, con el objetivo de establecer si una atención adecuada pudo haber evitado el deterioro progresivo de la salud de Luna, quien falleció el 31 de agosto de 2023.
La decisión judicial
La resolución fue adoptada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, a cargo del juez subrogante Santiago Bignone, quien hizo lugar a un pedido de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1. En ese marco, se ordenó una nueva intervención de la junta médica oficial para esclarecer aspectos que aún generan dudas dentro del expediente.
La causa investiga la responsabilidad penal de Aníbal Lotocki, denunciado por Fernando Burlando y otros allegados a la víctima, bajo la calificación de homicidio simple.
Los cuatro ejes del nuevo peritaje
El nuevo informe pericial deberá responder a cuatro puntos centrales que resultan determinantes para la causa.
En primer lugar, se buscará establecer si, una vez detectada la aparición de granulomas —formaciones anómalas en el organismo—, existía la posibilidad de aplicar algún tratamiento o intervención médica que evitara el desarrollo de la hipercalcemia, una alteración grave del calcio en sangre que derivó en la insuficiencia renal sufrida por Luna.
El segundo eje apunta a determinar en qué momento exacto hubiera sido oportuno aplicar ese tratamiento, en caso de haber existido. El objetivo es precisar si hubo una ventana temporal en la que la evolución del cuadro clínico pudo haberse frenado o revertido.
El tercer aspecto se centra en los controles médicos posteriores a las cirugías. La junta deberá definir si el seguimiento realizado por Lotocki fue el adecuado en relación con el tipo de intervención practicada. Este punto resulta clave para evaluar una eventual responsabilidad profesional.
Por último, el juzgado solicitó analizar si Lotocki se encontraba en condiciones, de acuerdo a su experiencia y conocimiento del caso, de intervenir de alguna manera para evitar que el desarrollo de los granulomas provocara las graves consecuencias que tuvo en la salud de la paciente. En concreto, se busca determinar si el desenlace pudo haber sido previsto o evitado mediante medidas razonables.
Cómo sigue la causa
Una vez concluido el nuevo informe pericial, las actuaciones volverán a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1, que continuará con el avance de la investigación penal.
La condena previa por lesiones
Cabe recordar que Silvina Luna se sometió a dos intervenciones médicas con Aníbal Lotocki, realizadas el 3 de octubre y el 23 de noviembre de 2011. Según consta en la causa, el médico le aplicó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) en zonas del cuerpo donde su uso está prohibido y en cantidades superiores a las recomendadas por la ciencia médica. Esto le provocó alteraciones anatómicas en glúteos y muslos, con endurecimiento de la textura muscular.
Por estos hechos, en febrero de 2022 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 condenó a Lotocki a cuatro años de prisión y a cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina, al hallarlo responsable de lesiones graves reiteradas contra Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Silvina Luna.
Posteriormente, en noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal amplió la condena a ocho años de prisión, al considerar acreditado también el delito de estafa, y extendió a diez años la inhabilitación profesional. Esa decisión fue confirmada en abril pasado por la Sala II del mismo tribunal.




