La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dictó un fallo clave que frena la restitución generalizada de pensiones no contributivas. Por mayoría, el tribunal hizo lugar al recurso de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y revocó una sentencia previa que obligaba al Estado a pagar las pensiones suspendidas en todo el país. La medida deja sin efecto la demanda colectiva que buscaba anular las auditorías impulsadas por el Gobierno nacional.
Falta de legitimación y ausencia de un «colectivo»
El tribunal centró su análisis en quiénes pueden demandar al Estado nacional. Los jueces concluyeron que el Defensor del Pueblo de Catamarca no tiene facultades para cuestionar decisiones de un organismo federal como ANDIS. Según el fallo, la actuación de los defensores provinciales debe limitarse estrictamente a su jurisdicción y frente a autoridades locales.
Asimismo, la Cámara rechazó la personería de la asociación civil involucrada. Aplicando la doctrina del fallo «Halabi», los magistrados consideraron que no existía una causa común para todos los afectados. El tribunal explicó que las situaciones de los beneficiarios son disímiles: algunos recibieron notificaciones administrativas, mientras otros atraviesan suspensiones preventivas. Por este motivo, la justicia determinó que cada reclamo deberá realizarse de forma individual.
El debate interno y la vía a la Corte Suprema
La decisión contó con los votos de los jueces Mario Rodolfo Leal, Ricardo Sanjuan y Marina Cossio. Por su parte, el juez Fernando Poviña votó en disidencia parcial. Poviña sostuvo que el caso perdió vigencia tras la sanción de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, que modificó el marco normativo actual.
Ante esta resolución, las asociaciones de familiares y personas con discapacidad ya preparan un recurso extraordinario federal. El objetivo es llevar la disputa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revertir el fallo de la Cámara tucumana.






